Blog

¿Cuándo es delito conducir sin puntos en el carnet?

¿Cuándo es delito conducir sin puntos o sin carnet?

24/09/2021

La Sentencia 119/2017 de la Audiencia Provincial de Badajoz, Sección Primera, recoge los requisitos para determinar cuándo es delito circular sin puntos en el carnet. Dicha sentencia establece: “Si se conduce un vehículo luego de haber sido privado el conductor del carné por pérdida de la totalidad de los puntos, caben dos posibilidades:

  1. Si la resolución administrativa es firme, entonces solo si se conduce un vehículo después de esa firmeza habrá delito ex artículo 384 CP.
  2. Si la resolución administrativa no es firme, si se conduce el vehículo antes de la firmeza solo cabrá la sanción administrativa, nunca la penal.”

Al amparo de esta sentencia se puede concluir que solo existirá delito en el caso de que la resolución administrativa de retirada de puntos sea firme. Además, no será firme hasta que se notifique de forma la resolución que desestime el recurso de alzada interpuesto o transcurra el plazo para interponer recurso de alzada sin haberse presentado.

Existe una diferenciación en cuanto a la notificación: en el supuesto de una notificación de índole administrativo la misma se da por válida cuando sea recogida en el domicilio por cualquier persona. Para que exista delito por conducir sin puntos, no basta con que la resolución desestimatoria del recurso de alzada o la resolución sancionadora entregada en el caso de no recurrir, sea recogida por cualquiera.

Dichas notificaciones tienen que haberse realizado directamente al implicado, o tiene que existir pruebas fehaciente de que las conocía. No basta con la notificación a cualquier persona en el domicilio correcto, puesto que faltaría uno de los elementos imprescindibles para que se entienda que existe un delito contra la seguridad vial (el DOLO). El mismo consiste en cometer un delito de manera deliberada, con intencionalidad y sabiendo las consecuencias que puede traer consigo dicho acto delictivo.

Servicio de Legalion Abogados

Desde Legalion Abogados podemos hacer valer tus derechos mediante nuestro servicio legal y jurídico especializado para cualquier problema legal. Si has sufrido un siniestro de este tipo y tu aseguradora no se hace cargo, o el Consorcio no te da una solución, puedes apoyarte en nuestro equipo de abogados para llevar hasta el final tu caso y conseguir una indemnización satisfactoria.

También te puede interesar:

A vueltas con el registro horario y las horas extras

A vueltas con el registro horario y las horas extras

19/10/2023

Pese a lo establecido en el artículo 34.9 del Estatuto de los Trabajadores, que exige un registro diario detallado de la jornada laboral, muchas empresas continúan incumpliendo esta normativa.

Un Juzgado de Cáceres reafirma el derecho al permiso retribuido por cuidado de familiares dependientes

Un Juzgado de Cáceres reafirma el derecho al permiso retribuido por cuidado de familiares dependientes

11/12/2025

Una reciente sentencia del Juzgado de lo Social nº 1 de Cáceres ha reforzado el derecho de los trabajadores a disfrutar de un permiso retribuido para el cuidado de familiares dependientes, incluso cuando disponen

Evita fraudes en el Black Friday: guía legal para consumidores

Evita fraudes en el Black Friday: guía legal para consumidores

25/11/2025

Evita fraudes en el Black Friday con esta guía legal para consumidores: aprende a detectar ofertas engañosas, proteger tus datos, gestionar devoluciones, hacer valer tus derechos y reclamar ante conflictos en compras online y