Nuestra clienta, madre monoparental, solicitó ante el INSS la ampliación de la prestación por nacimiento y cuidado de menor de 16 a 26 semanas, sumando las 10 semanas que corresponderían al otro progenitor. La solicitud fue denegada, también en reclamación previa, con el argumento de que no existía entonces regulación específica para familias monoparentales.
Interpusimos demanda frente a INSS y TGSS y el Juzgado de lo Social nº 8 de Madrid dictó sentencia estimatoria, aplicando la jurisprudencia más reciente del Tribunal Constitucional y del Tribunal Supremo, que considera discriminatorio no prever una ampliación equivalente en hogares monoparentales. En virtud de esa doctrina, se adicionan a la madre las semanas del segundo progenitor (excluidas las 6 obligatorias inmediatas), hasta completar 10 adicionales.
Resultado: se reconoce el derecho de nuestra clienta a 26 semanas de permiso por nacimiento y cuidado de menor. La resolución consolida un criterio que evita la desigualdad entre familias biparentales y monoparentales y refuerza la protección del menor. Este caso demuestra la utilidad de recurrir decisiones administrativas restrictivas cuando contravienen la doctrina del TC y del TS.