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La AESA adquiere nuevas competencias a favor del consumidor

La Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA) adquiere nuevas competencias a favor del consumidor

06/07/2022

Las reclamaciones que llegan a la AESA (Agencia Estatal de Seguridad Aérea) como consecuencia de las cancelaciones y retrasos de vuelos sufridos por los pasajeros son constantes. Por ejemplo, debido a las frecuentes huelgas que se han venido produciendo los últimos años. Estas han dado lugar a una simplificación del procedimiento de reclamación con la entrada en vigor de la Orden TMA/201/2022 del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana. Gracias a esto, la AESA adquiere nuevas competencias a favor del consumidor.

De esta manera, la AESA se convierte en una entidad de resolución alternativa de litigios que permite al pasajero reclamar sus derechos sin que necesidad de acudir al Juzgado. La resolución que tome este organismo será vinculante para la aerolínea, pero voluntaria para el reclamante.

Esto supone una mejora de los derechos del consumidor, que podrá escoger un procedimiento judicial si no queda del todo conforme con la solución proporcionada por la negociación entre la AESA y la aerolínea.

¿Cómo reclamar a una aerolínea?

Cuando queramos reclamar a cualquier compañía aérea deberemos seguir los siguientes pasos:

  1. Reclamar al servicio de atención al cliente de la aerolínea o poner una hoja de reclamaciones en el mostrador del aeropuerto.
  2. Esperar un plazo de un mes a que nos trasladen una respuesta.
  3. Si la respuesta es negativa o no obtenemos ninguna, podremos acudir a la AESA exponiendo los hechos y acreditando esta reclamación previa a la aerolínea para que tramiten la reclamación.
  4. La AESA emitirá una respuesta de forma gratuita y en un plazo máximo de 90 días (tres meses).
  5. Si no estamos conformes con la respuesta podemos acudir a un procedimiento judicial.
  6. Si estamos conformes, la AESA otorgará un mes a la aerolínea para acreditar el cumplimiento. El pasajero podrá solicitar directamente en el Juzgado la ejecución de dicha resolución mediante el embargo de la cuantía si, por ejemplo, no se ha reembolsado el importe del billete.

El nuevo procedimiento mejora lo existente significativamente por tres motivos fundamentales:

  • El tiempo de resolución total de la reclamación debería ser de un máximo de cuatro meses desde que reclamamos a la aerolínea
  • Sólo será vinculante para el pasajero si queda conforme con la resolución
  • Y si es directamente ejecutable en un Juzgado.

Servicio de Legalion Abogados

Desde Legalion Abogados podemos hacer valer tus derechos mediante nuestro servicio legal y jurídico especializado para cualquier problema legal. Si has sufrido cualquier abuso por parte de una aerolínea o no estás contento con la solución proporcionada por la AESA, puedes apoyarte en nuestro equipo de abogados para llevar a buen puerto tu reclamación.

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