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Hacienda aclara los requisitos para las aportaciones a patrimonios protegidos y los beneficios fiscales en el IRPF

Hacienda aclara los requisitos para las aportaciones a patrimonios protegidos y los beneficios fiscales en el IRPF

30/09/2025

La Dirección General de Tributos (DGT) ha emitido una consulta vinculante reciente que aclara aspectos clave sobre las aportaciones a patrimonios protegidos de personas con discapacidad y la aplicación de los beneficios fiscales correspondientes en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).

Documentación pública indispensable para acogerse a los beneficios fiscales

La DGT establece que, para poder acceder a las ventajas fiscales del IRPF derivadas de las aportaciones realizadas a un patrimonio protegido, es imprescindible que estas aportaciones queden reflejadas en escritura pública. Esto significa que cada aportación – ya sea en forma de dinero, bienes o derechos- debe formalizarse mediante un documento público autorizado por notario o por resolución judicial.

Requisitos fiscales y civiles para el régimen favorable

Según la consulta vinculante, la aplicación del régimen fiscal favorable contemplado en el artículo 54 de la Ley 35/2006 (Ley del IRPF) no solo exige cumplir los límites y condiciones fiscales establecidos, sino que también implica respetar las formalidades civiles previstas en la Ley 41/2003, de protección patrimonial de las personas con discapacidad.

  • El artículo 3 de la Ley 41/2003 establece que la constitución del patrimonio protegido debe constar en un documento público notarial o resolución judicial.
  • El artículo 4.1 de esta ley determina que las aportaciones posteriores al patrimonio protegido deben cumplir con “las mismas formalidades” que la constitución inicial.

Por tanto, cada nueva aportación debe formalizarse en documento público para que sea válida a efectos del beneficio fiscal en el IRPF.

Importancia práctica para contribuyentes y asesores

Esta aclaración de la DGT es fundamental para los contribuyentes que gestionan patrimonios protegidos y desean beneficiarse de las deducciones fiscales. El incumplimiento de la formalidad puede suponer la pérdida del régimen favorable, con las correspondientes consecuencias tributarias.

Para los asesores fiscales y jurídicos, la consulta destaca la necesidad de garantizar que todas las aportaciones a patrimonios protegidos se documenten correctamente, evitando riesgos y asegurando la correcta aplicación de los beneficios fiscales.

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